Seguros de Vida (riesgo, dependencia)

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Seguro de Vida

¿Para qué se necesita un Seguro de Vida?

El Seguro de Vida Riesgo nos protege ante una eventualidad (Fallecimiento o Invalidez Absoluta y Permanente) causada por una enfermedad o un accidente que suponga una merma en el patrimonio de las personas, las familias o las empresas.

La finalidad es proporcionar una ayuda económica que respalde al propio asegurado, a los familiares o a su empresa, destinándola al pago de créditos o préstamos, al cuidado de los hijos, a pagos de impuestos, a ayudas en caso de invalidez, a ayudas en caso de dependencia,…

¿Conoces los riesgos a los que estamos expuestos y las necesidades de cobertura en cada caso?

  • Cónyuge (Renta Familiar)
  • Hijos (Renta Familiar)
  • Estudios de los hijos
  • Vivienda hipotecada
  • Otros préstamos
  • Gastos sepelio
  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones
  • Impuesto municipal Plusvalía
  • Otros gastos de gestión
  • Créditos de empresas
  • Acciones de empresa
  • Nuevo personal
  • Invalidez Permanente
  • Renta Dependencia (Invalidez Absoluta o Enfermedad Grave)
  • R.P.F.
  • Cuidados del asegurado
  • Gastos adaptación vivienda
  • Nuevo vehículo
  • Estudios de los hijos
  • Vivienda hipotecada
  • Otros préstamos
  • Créditos de empresas
  • Acciones de empresa
  • Nuevo personal
Healthy life

 

¿Quién necesita un Seguro de Vida y por qué?

En función de las necesidades concretas y de la etapa de la vida en que nos encontremos, se requiere una protección específica que garantice la seguridad de los proyectos de futuro y la calidad de vida de nuestra familia, independientemente de la edad. 

  • Enfermedades graves (cáncer, cardiovasculares, etc…)
  • Accidentes domésticos (trabajos en el hogar, cocinas, electricidad, uso de escaleras, trabajos de bricolaje y jardines, uso de maquinaria, etc…)
  • Accidentes deportivos (bicicleta, náuticos, deportes clasificados como “de riesgo”,…)
  • Accidentes de circulación en vehículo o como peatón
  • Viajes y desplazamientos (no vehículos)
  • Accidentes laborales (riesgo incrementado por la profesión o actividad profesional)
  • Pago tributos (fiscalidad)

EN CASO DE FALLECIMIENTO (Enfermedad o accidente) de la persona asegurada, el Seguro de Vida Riesgo proporciona ayuda económica para:

  • Mantener el nivel de vida de la familia
     
  • El futuro económico de la pareja (dependiente o no dependiente)
     
  • El futuro económico de los hijos (manutención, sanidad, educación,… oportunidades futuras)
     
  • La educación y formación universitaria de los hijos 
     
  • El pago de créditos hipotecarios
     
  • El pago de préstamos o deudas
     
  • El pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones

    (Los bienes que se heredan causan la obligación de un pago en concepto de impuestos lo que podría conllevar, en caso de falta de liquidez, a malvender bienes o a endeudarse personalmente para poder aceptar una herencia. Es muy importante saber que los seguros de vida se pueden cobrar de forma independiente del resto de la herencia y por tanto no hay obligación de aceptar toda la herencia abonando la totalidad del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.)
     
  • El pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones del cónyuge en caso de la cancelación total de un crédito hipotecario por vivienda (50% de la vivienda)
     
  • Plusvalías municipales de inmuebles (Impuesto del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana)
     
  • Gastos de sepelio, repatriación o viajes de la/s persona/s
     
  • Compensar las rentas por invalidez, viudedad u orfandad
     
  • La continuidad de las empresas.

    (Los socios de las empresas aportan su capital y su trabajo. Si faltase alguno de los socios, la continuidad de la empresa exigiría la contratación de nuevo personal para sustituir al socio, comprar acciones, pagar préstamos suscritos por la empresa con menos rendimientos económicos derivados de la falta de ese socio, se reduciría la evolución de la empresa, etc…)

 

EN CASO DE INVALIDEZ ABSOLUTA Y PERMANENTE de la persona asegurada: 

Una invalidez supone la “muerte económica” de una persona. La persona no desaparece, continua viva, pero genera menos ingresos de los que generaba antes de sufrir la invalidez, da lugar a la aparición de nuevos gastos que antes no existían, aumentan algunos gastos que ya existían, precisa de cuidados humanos para desarrollar su vida diaria, etc…

Ante una situación de Invalidez, el Seguro de Vida proporciona ayuda económica para:

  • Mantener el nivel de vida de la familia
     
  • Compensar la pensión estatal por invalidez
     
  • Facilitar los cuidados de la persona dependiente
     
  • Gastos de adaptación de la vivienda y del vehículo de la persona inválida
     
  • El futuro económico de los hijos (manutención, sanidad, educación,… oportunidades futuras)
     
  • La educación y formación universitaria de los hijos 
     
  • El pago de créditos hipotecarios
     
  • El pago de préstamos o deudas
     
  • El pago del Impuesto sobre las prestaciones recibidas por Invalidez Permanente (Póliza adicional).

    (Según la legislacion, las indemnizaciones recibidas por Invalidez tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
     
  • La continuidad de las empresas.

 

GARANTIAS COMPLEMENTARIAS / OPCIONALES:

  • Invalidez Absoluta y Permanente 
     
  • Invalidez Total y Permanente  (Total para la profesión)
     
  • Gran Invalidez
     
  • Enfermedades Graves
     
  • Doble Capital por Accidente  (Para Fallecimiento o Invalidez)
     
  • Triple Capital por Accidente de Circulación  (Para Fallecimiento o Invalidez)
     


OTROS SERVICIOS ADICIONALES (Pueden ser gratuitos o con pago de prima):

  • Testamento Online
     
  • Gestión del final de la vida digital 
     
  • Ayuda Psicológica
     
  • Consulta médica telefónica
     
  • Orientación nutricional telefónica 
     
  • Asesoramiento telefónico y gestión en sucesiones
     
  • Decesos
     
  • Segunda opinión médica: Best-Doctors (Expertos internacionales que hacen estudio de recomendaciones en caso de enfermedades graves)
  • Proporciona ayuda económica ante una eventualidad por Fallecimiento.
  • Proporciona ayuda económica ante una eventualidad por Invalidez Absoluta y Permanente.
  • Proporciona ayuda económica en caso de Enfermedad Grave.
  • Proporciona ayuda económica en caso de accidente.
  • Proporciona ayuda económica al cónyuge.
  • Proporciona ayuda económica para el cuidado de los hijos.
  • Proporciona ayuda económica para los estudios de los hijos.
  • Proporciona ayuda económica para el pago de créditos o préstamos.
  • Proporciona ayuda económica a familiares y/o allegados.
  • Proporciona ayuda económica para el pago de impuestos.
  • Proporciona ayuda económica a su empresa.
  • Proporciona ayuda económica para gastos de sepelio y gestiones administrativas.
  • Proporciona ayuda económica al propio asegurado.
  • Proporciona ayuda económica para cuidados médicos del asegurado.
  • Proporciona ayuda económica en caso de dependencia.
  • Proporciona ayuda económica para la adaptación de la vivienda.
  • Proporciona ayuda económica para la adaptación de tu vehículo.
  • Proporciona ayuda económica para la compra de un vehículo nuevo.
  • Aminora las consecuencias que tendrá una situación inevitable.
  • Garantiza la “dignidad” de las personas (viuda, huérfanos, familiares, empresas, el propio asegurado,…).

 

Cuando ocurre una contingencia sobre una persona, se sufre un golpe emocional que detiene el normal funcionamiento hasta ese momento. La vida no se detiene y continua generando los mismos gastos o algunos más, pero los ingresos se reducen. La única forma de protegerse ante una posible causa de Fallecimiento o Invalidez, es a través del Seguro de Vida.

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